(1) [SUELDO REPORTADO]
Suedo mensual reportado al BIESS y sobre el cual se realizan los aportes patronales e individuales. Puede ser la suma de los ingresos de los cónyugues.
(2) [CUOTA MENSUAL]
El valor máximo de la cuota mensual pagadera al BIESS, que no podrá exceder el 40% del sueldo reportado del solicitante o de la pareja.
(3) [CUPO DE CRÉDITO]
Valor máximo del préstamo calculado con la cuota mensual máxima. Este cupo varía en función del plazo (mayor plazo, mayor cupo).
EJEMPLO 1:
Un afiliado reporta un ingreso de 800 dólares mensuales. Su cupo de crédito sería de 15.819 dólares si el plazo es de 5 años, pero subiría a 33.084 si el plazo es de 15 años. En cualquier caso, su cuota mensual máxima sería de $320 que corresponde al 40% de su ingreso.